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Retorno voluntario

RETORNO VOLUNTARIO

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En el marco de lo establecido en el Glosario sobre Migración N°7, de la Organización Internacional para las Migraciones, el retorno voluntario es “el regreso independiente o asistido al país de origen, de tránsito o a un tercer país basado en la libre voluntad de la persona que regresa”.

El retorno es una de las partes constituyentes de la migración, siendo muchas veces el proceso final de las personas que decidieron salir de sus países de origen.

La pandemia COVID-19 y la situación política y económica de los países de acogida ha determinado que muchos migrantes y refugiados tomen la decisión de retornar a sus países, en particular durante estos últimos meses, lo que se ha podido realizar gracias a la fuerte cooperación entre los países de acogida, tránsito y destino, con especial atención en la gestión de fronteras.

Las medidas restrictivas que ha adoptado Venezuela con respecto al retorno de sus connacionales, sumadas a las medidas sanitarias nacionales de cada país, las cuales no siempre se encuentran en coherencia a nivel regional, han provocado que algunos migrantes venezolanos tomen la decisión de retornar en condiciones adversas, por pasos no habilitados de entrada/salida, exponiéndose a redes de trata/tráfico, explotación sexual, además de los riesgos asociados a su salud y bienestar.

En este sentido, se buscó contar con la Organización Mundial de la Salud (OMS) para identificar los me-canismos a través de los cuales las personas pueden retornar su país de origen en el contexto de la pande-mia y ser una entidad de nexo con las autoridades competentes en la materia en los distintos países de tránsito.

Surge la necesidad de incluir el componente “sustentable” en el retorno de los migrantes venezolanos, que tengan la posibilidad de reintegrarse de manera integral a la sociedad y de manera multidimensional. En caso contrario, posterior a la crisis del COVID- 19, podría ocurrir una nueva salida desde Venezuela de aquellas personas que decidieron retornar en medio de la pandemia.

La Declaración Conjunta del capítulo VI concluyó que el retorno debe tener un carácter voluntario, y que para darse debe existir colaboración con los organismos internacionales. También enfatizó en la necesidad de recursos económicos para transporte, alimentación y albergue, trabajar en la sustentabilidad de las medidas y en la importancia de las instancias de trabajo intersectorial.

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